Regístrese, comuníquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional del Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, y en aplicación delos arts. 271-1, 4), 272 y 274 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma planteado por la recurrente Elizabeth Eulogia Huanca Gutiérrez; a su vez CASA en forma total el Auto de Vista Nº S-422/2013 de fecha 13 de diciembre de 2013, cursante de fs. 73 a 74 yvlta., y deliberando en el fondo, declara PROBADA la demanda de cancelación y levantamiento de gravámenes interpuesta por Elizabeth Eulogia Huanca Gutiérrez, disponiendo que el Registrador de Derechos Reales de la ciudad de El Alto (La Paz), proceda a la cancelación del gravamen de prohibición de venta registrado en el asiento B-1 de Gravámenes y restricciones del inmueble con matricula Nº2.01.4.01.010310.
No siendo excusable el error, se multa tanto al Juez A quo, como a los señores Vocales suscribientes del Auto de Vista recurrido, con el descuento de un día de haber, que les serán descontados por la Dirección General Administrativa y Financiera del Órgano Judicial, debiendo proceder a su notificación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Proceso : Cancelación y
- Distrito : La
- En la forma
- Acusa asimismo que la resolución recurrida no se pronunció respeto a todos los agravios acusados
- En el fondo
- En forma reiterada acusa la vulneración de los arts
- Concluye solicitando se case el Auto de Vista impugnado, con costas o alternativamente se anule
- Sobre el recurso de casación en la forma
- Recurso de casación en el fondo
- Entonces se deberá identificar con un mínimo de precisión las normas que se consideran vulneradas,
- En el caso de Autos, la demandante refiere que es propietaria del 50% de un
- Eulogia Huanca Gutiérrez del inmueble No 1 del Manzano L-1, de la urbanización Paraíso 1ro
- Por lo referido, corresponde a este Tribunal fallar conforme establecen los arts
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
