Auto Supremo AS/0111/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2014

Fecha: 17-Jul-2014

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la permisión del numeral 16 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial y con la facultad conferida por el artículo 5 parágrafo II de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), declara ILEGAL la excusa formulada por J. Orlando Ríos Luna, Vocal de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a quien se impone multa equivalente a dos días de haber a ser descontados por planilla en aplicación del artículo 6 parágrafo I de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar