Auto Supremo AS/0295/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2014-RA

Fecha: 08-Jul-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 295/2014-RA
Sucre, 08 de julio de 2014

Expediente: Santa Cruz 27/2014
Parte acusadora: Aida Romero Camacho
Parte imputada: Balbina Nelly Justiniano de Ardaya
Delito: Despojo

RESULTANDO

Por memorial presentado el 4 de abril de 2014, cursante de fs. 308 a 311, Aida Romero Camacho interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 06 de 23 de enero de 2014, de fs. 294 a 298 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Balbina Nelly Justiniano de Ardaya, por el delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la querella y acusación particular (fs. 129 a 131 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Sentencia 06 de 13 de agosto de 2013 (fs. 214 a 218 vta.), declaró a la imputada Balbina Nelly Justiniano de Ardaya, autora y culpable del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándola a cumplir la pena de tres años de reclusión y al pago de costas, daños y perjuicios que correspondan