Auto Supremo AS/0295/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2014-RA

Fecha: 08-Jul-2014

Del memorial que cursa de fs. 308 a 311, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial que cursa de fs. 308 a 311, se extrae el siguiente motivo:

Previa relación de los hechos y antecedentes que derivaron en la acusación, así como de los actuados procesales, la recurrente denuncia que, ante la apelación restringida planteada por la imputada contra la Sentencia que la condenó por el delito de Despojo, el Tribunal de alzada declaró procedente el recurso y dispuso la nulidad de la Sentencia; empero, en los hechos, ignoró la Sentencia de un Juez Instructor en lo Civil, dictado dentro de un proceso de interdicto de recobrar la posesión, donde se dispuso la restitución del inmueble objeto del proceso en su favor, orden que se ejecutó vía mandamiento de lanzamiento; sin embargo, fue objeto de Despojo por la demandada, ahora imputada. Entonces, afirma, los hechos a analizarse por el Tribunal de apelación deben partir desde el momento en que fue ejecutado el mandamiento de lanzamiento hasta el Despojo, debiendo tomarse en cuenta también que la imputada, hasta la fecha, se mantiene en el inmueble; siendo oficioso el análisis de los Vocales respecto a una supuesta transferencia. Finalmente incide en que, lo ordenado en un proceso civil no puede ser desconocido en la instancia penal, en la que se demostró la conducta delictiva de la querellada, misma que no fue objeto de análisis, así como tampoco el hecho de que, anteriormente la imputada pretendía apoderarse de otro inmueble, habiendo recibido la suma de $us. 500.- para desocuparlo de manera voluntaria. Para sustentar su recurso la querellante invoca, en calidad de precedente contradictorio, el Auto Supremo 338 de 5 de abril de 2007, relativo, según la recurrente, a los elementos que configuran el delito de Despojo y que el mismo puede configurarse ante cualquiera de las tres hipótesis que señala el art. 351 del CP