De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Sustanciado el juicio oral, por Sentencia 28/2013 de 23 de octubre (fs. 83 a 90 vta.), el Juzgado Primero de Sentencia de la Capital del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró al imputado Marco Antonio Aireyu Castro, absuelto de culpa y pena de la comisión del delito de despojo previsto y sancionado por el art. 351 del CP
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 28 de marzo de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, en el que el recurrente propugna la sentencia
- 2) Respecto a la supuesta falta de fundamentación de la sentencia declarada en la resolución
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, deje sin efecto el Auto de Vista impugnado,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Respecto al cumplimiento de los demás requisitos, se establece lo siguiente
- Regístrese, hágase saber y Devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
