Por memorial presentado el 10 de abril de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 306/2014-RA
Sucre, 09 de julio de 2014
Expediente: Santa Cruz 29/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Dettner Justiniano Ortiz
Delito: Violación de Niño Niña o Adolescente y otro.
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de abril de 2014, cursante de fs. 544 a 545, Alejandra Avalos Soliz, Fiscal de Materia del Ministerio Público, interpone el recurso de casación impugnando el Auto de Vista 2 de 27 de enero de 2014, de fs. 537 a 539 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Dettner Justiniano Ortiz, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño Niña o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por los arts. 308 Bis y 310 inc. 2) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 306/2014-RA
Sucre, 09 de julio de 2014
Expediente: Santa Cruz 29/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Dettner Justiniano Ortiz
Delito: Violación de Niño Niña o Adolescente y otro.
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de abril de 2014, cursante de fs. 544 a 545, Alejandra Avalos Soliz, Fiscal de Materia del Ministerio Público, interpone el recurso de casación impugnando el Auto de Vista 2 de 27 de enero de 2014, de fs. 537 a 539 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Dettner Justiniano Ortiz, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño Niña o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por los arts. 308 Bis y 310 inc. 2) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 10 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Enfatiza que entre los hechos probados, el Tribunal estableció la existencia del hecho, evidenciándose
- Concluyó solicitando se declare admisible y procedente el recurso de casación y en consecuencia, se
- El art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
