CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa: que, el Juez de Partido Segundo en materia
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 307
Sucre: 14 de Julio de 2014
Expediente: SC-45-09-S
Distrito: Santa Cruz
Segunda Magistrada: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS: el recurso de casación en el fondo y en la forma de fojas 363 a 364 vuelta, interpuesto por Sunner y Dardo Valverde De los Ríos representados por Mario Cárdenas Cabrera, contra el Auto de Vista N° 528 de 6 de noviembre de 2008, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso sobre cumplimiento de obligación en la entrega de inmueble y otros, seguido por los recurrentes contra Hugo Velarde Justiniano, Sonia Méndez de Velarde y Francisco Luna Zarate, la respuesta de fojas 366 a 367 vuelta, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa: que, el Juez de Partido Segundo en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz pronunció la Sentencia N° 75 de 16 de junio de 2007 (fojas 310 a 319), declarando improbada la demanda; con costas
Auto Supremo: Nº 307
Sucre: 14 de Julio de 2014
Expediente: SC-45-09-S
Distrito: Santa Cruz
Segunda Magistrada: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS: el recurso de casación en el fondo y en la forma de fojas 363 a 364 vuelta, interpuesto por Sunner y Dardo Valverde De los Ríos representados por Mario Cárdenas Cabrera, contra el Auto de Vista N° 528 de 6 de noviembre de 2008, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso sobre cumplimiento de obligación en la entrega de inmueble y otros, seguido por los recurrentes contra Hugo Velarde Justiniano, Sonia Méndez de Velarde y Francisco Luna Zarate, la respuesta de fojas 366 a 367 vuelta, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa: que, el Juez de Partido Segundo en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz pronunció la Sentencia N° 75 de 16 de junio de 2007 (fojas 310 a 319), declarando improbada la demanda; con costas
- CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa: que, el Juez de Partido Segundo en materia
- Deducida la apelación por los demandantes, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO II
- De la lectura de la causal transcrita, se tiene como un supuesto de improcedencia el
- El inciso antes mencionado, en su parte de contenido, a la letra indica que "El
- Así, se tiene que el artículo 258 inciso 2), contiene éste supuesto concreto que merece
- En ese entendido, pretender ahondar las exigencias antes mencionadas, resulta un exceso que desconocería el
- Ahora bien, considerando los principios que sustentan a la potestad de impartir justicia como ser
- En consecuencia no se advierte que el tribunal de alzada haya incurrido en violación de
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
