Auto Supremo AS/0309/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2014

Fecha: 14-Jul-2014

Que,  los  Jueces  y  Tribunales  de  alzada deben tener   presente que  la integración a la


Que,  los  Jueces  y  Tribunales  de  alzada deben tener   presente que  la integración a la litis  de todos quienes sean  demandantes o  demandados  importa  que deban  ser sometidos al  proceso, además que  debe  ser  tarea  no sólo de las  partes, sino  del Juez  a qua,   quien en  su  calidad de  director del  proceso, debe  cuidar que  el mismo se  desarrolle sin  vicios de  nulidad.  Sólo  así, las decisiones que adopte, serán  útiles en derecho a las  partes y los efectos de la cosa juzgada alcanzarán a todos y a quienes deriven sus derechos de  aquélla,  tal  como lo impone el artículo 194  del  Código de Procedimiento Civil