Por memorial presentado el 4 de junio de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 315/2014-RA
Sucre, 10 de julio de 2014
Expediente: Cochabamba 45/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Dery Boris Domínguez Mina
Delitos: Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2014, cursante de fs. 442 a 446, Dery Boris Domínguez Mina interpone recurso de casación, mediante el cual impugna el Auto de Vista 36 de 19 de mayo de 2014, que cursa de fs. 419 a 425, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Bertha Rojas Peredo y Grover Castellón Pereira contra el recurrente, por la comisión de los delitos de Estafa y Ejercicio Indebido de Profesión, previstos y sancionados por los arts. 335 y 164 del Código penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 315/2014-RA
Sucre, 10 de julio de 2014
Expediente: Cochabamba 45/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Dery Boris Domínguez Mina
Delitos: Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2014, cursante de fs. 442 a 446, Dery Boris Domínguez Mina interpone recurso de casación, mediante el cual impugna el Auto de Vista 36 de 19 de mayo de 2014, que cursa de fs. 419 a 425, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Bertha Rojas Peredo y Grover Castellón Pereira contra el recurrente, por la comisión de los delitos de Estafa y Ejercicio Indebido de Profesión, previstos y sancionados por los arts. 335 y 164 del Código penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la citada Sentencia, el imputado Dery Boris Domínguez Mina interpuso recurso de apelación
- Del memorial que cursa de fs. 442 a 446, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i
- ii
- iii
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- En ese sentido, del análisis del recurso de casación sometido a conocimiento de este Tribunal,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
