POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
De igual manera, para éste Tribunal no queda claro en que consistiría la violación del artículo del artículo 148 del Código de Familia que se refiere a la posibilidad de modificar en cualquier tiempo las resoluciones relativas a la guarda de los hijos. Por último el recurrente pretende que se revise la valoración de la prueba, olvidando que la apreciación de la prueba es facultad privativa de los jueces de instancia y solo por vía de excepción es posible que dicha apreciación probatoria pueda ser revisada en el recurso de casación cuando se ha denunciado error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 253-3) del Código de Procedimiento Civil, situación que no acontece en el caso de autos.
En este sentido y como consecuencia de las deficiencias señaladas en el recurso de casación, se tiene que el recurrente ha incumplido los requisitos del artículo 258-2) del Código de Procedimiento Civil y en mérito a que dichas deficiencias no pueden ser suplidas de oficio por el Tribunal Supremo, corresponde resolver conforme señala el artículo 271-1) y 272-2) del mismo Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 41 y 42-1) de la Ley del Órgano Judicial, y conforme los artículos 271 numeral 1) y 272-2) del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fojas 217 y vuelta, interpuesto por el recurrente Juan Carlos Maldonado Téllez. Con costas
- En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial
- De la revisión de obrados, a fojas 215 y vuelta, se evidencia que el recurrente
- CONSIDERANDO II
- En el caso del exordio, se trata de un recurso de casación manifiestamente defectuoso, el
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese notifíquese y devuélvase.
