Auto Supremo AS/0360/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2014

Fecha: 29-Ago-2014

II. CONSIDERANDO

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo:            Nº 360

Sucre:                            29 de agosto de 2014

Expediente:                    O-35-09-S

Distrito:                            Oruro    

Magistrada Relatora:  Dra. Elisa Sánchez Mamani                     

I.VISTOS:

1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Gonzalo Blanco Román, en representación de la Compañía Minera Orlandini Ltda., de fojas 403 a 404 de obrados contra el Auto de Vista Nº 103 de fecha 28 de mayo de 2009, de fojas 396 a 398 vuelta, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Oruro, en el proceso ordinario sobre homologación de documento, seguido por Cristina Wanderley Da Silva en contra de Julio Miguel Orlandini Agreda, los antecedentes y; 

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del Proceso.- Mediante sentencia de fecha 22 de diciembre  de 1997, cursante de fojas 88 a 90 vuelta de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, se declaró probada la demanda de fojas 21, reiterada y ratificada a fojas 27; consiguientemente homologó el documento de fojas 13 a 16, de fecha 18 de diciembre de 1996 en la parte que dispone el pago mensual de $us 20.000 con la producción del Grupo Minero Totoral de Cañadón Antequera en favor de Cristina Wanderley Da Silva; homologación que importa que las comercializadoras de minerales dependientes del demandado cancelen hasta dicho monto; de manera que en ejecución de sentencia deberá establecerse las comercializadoras que estén bajo dependencia o en relación comercial con el Grupo Minero Totoral para procederse con la cancelación del monto señalado. Asimismo se condena en costas y se dispuso el pago de daños y perjuicios a establecerse en ejecución de sentencia.  

Que, en grado de apelación, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Oruro, por Auto de Vista de fecha 28 de mayo de 2009, se anuló el auto de concesión de alzada de fojas 384, relacionado con el saneamiento procesal del auto de fojas 363 de obrados, es decir hasta el estado en que el Juez a quo, resuelva el petitorio de concesión del recurso de apelación conforme a derecho.  

Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 403 a 404, Gonzalo Blanco Román, en representación de la Compañía Minera Orlandini Ltda., interpone recurso de casación en el fondo, que se compendia a continuación