Auto Supremo AS/0400/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2014-RA

Fecha: 19-Ago-2014

El art


En ese ámbito señala que la Resolución impugnada de casación, hizo caso omiso a los aspectos de orden fáctico y prefirió no ingresar al fondo del recurso, pese a la objetividad y certeza procesal, con las que debió desarrollarse el proceso penal, más cuando el Tribunal de alzada copió las contradicciones de fondo dictadas en sentencia e ingresó en un campo de ambigüedades; en vulneración del debido proceso, los principios de transparencia, de inocencia y a la duda razonable establecidos en el art. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE).

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP