Regístrese, hágase saber y devuélvase
En segundo término, se evidencia que el recurrente de manera aislada acusa la vulneración de los principios de inocencia y de trasparencia, del debido proceso, de la duda razonable, sin que concurran los presupuestos de flexibilización, pues se limita a formular una denuncia genérica que resulta insuficiente para el análisis de fondo del presente recurso, por lo que deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Davis Apulaca Valdivia, de fs. 507 y 508.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 18 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estos supuestos no implican que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal también estableció que en los
- Respecto a los demás requisitos, se observa en primer término que el recurrente esencialmente denuncia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
