Auto Supremo AS/0423/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2014

Fecha: 22-Ago-2014

En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que fue notificada con el Auto de Vista el 26 de junio de 2014, presentando el recurso de casación el 30 de julio del mismo año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga la ley, control del plazo en el que se consideró la vacación judicial desde el 30 de junio al 24 de julio de 2014, conforme el sello consignado a fs. 307 vta.; ahora bien, luego del análisis correspondiente, en el acápite II de la presente Resolución, se identificaron los argumentos expuestos por la recurrente, respecto a los cuales corresponde verificar el cumplimiento o no del requisito relativo a la cita del precedente contradictorio y principalmente la explicación, en términos claros y precisos, de la posible contradicción que nos habla el art. 416 del CPP, puesto que es obligación de las partes dentro del presente recurso, cumplir con las exigencias establecidas en el procedimiento, a objeto de obtener de este Tribunal, un pronunciamiento final sobre las cuestiones planteadas