Auto Supremo AS/0445/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0445/2014

Fecha: 25-Sep-2014

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº : 445/2014
Fecha : Sucre, 25 de septiembre de 2014
Distrito : Cochabamba
Expediente : 278/09
Partes : Ministerio Público c/ Wilfredo Abasto Guzmán y
Policarpio Castillo Sullcani y Lidia Montaño Gonzales
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
Recursos : Casación

VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por la acusada Lidia Montaño Gonzales de fs. 511-512 y vta., de obrados, impugnando el Auto de Vista Nº 62/2009 de 25 de mayo, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, hoy Tribunal Departamental del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del Proceso Penal seguido por el Ministerio Público contra Wilfredo Abasto Guzmán, Policarpio Castillo Sullcani y Lidia Montaño Gonzales, por la presunta comisión del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas previstos y sancionados por los arts. 48 con relación al 33 -m) de la Ley Nº 1008; y
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 4-7 y vta., de obrados, el Tribunal de Sentencia Tercero del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia s/n de 05 de septiembre de 2008, cursante a fs. 390-397 y vta., de obrados, dispuso declarar a Lidia Montaño Gonzales Autora y Culpable del Delito de Tráfico de Sustancias Controladas previstos y sancionados por los arts. 48 en relación al 33 -m) de la Ley N° 1008, imponiéndole la pena privativa de libertad de 10 años de presidio y multa de Bs. 400 a cumplir en el Centro Penitenciario “San Sebastián Mujeres”; Absolviendo de culpa y pena a los acusados Wilfredo Abasto Guzmán y Policarpio Castillo Sullcani