Conforme a lo normado en el art
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que el acusado fue notificado con el Auto de Vista 85/2014 el 13 de noviembre, habiendo formulado recurso de casación el 20 del mismo mes y año, ante la Sala Penal Primera, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal y ante el mismo Tribunal que emitió la resolución impugnada
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el acusado con el Auto de Vista el 13 de noviembre de 2014
- De los argumentos venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- b)Por último, asevera que el Auto de Vista recurrido, evidencia una insuficiente fundamentación al no
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer agravio, referido a que el Auto de Vista no revisó exhaustivamente
- Con relación al último agravio, relativo a la insuficiente fundamentación del Auto de Vista sobre
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Se emite el presente Auto Supremo en la fecha indicada, por baja médica de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
