En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 9 de septiembre de 2009, presentando el recurso de casación el 16 de septiembre del mismo año; es decir, dentro de los cinco días que otorga la ley, teniendo en cuenta que no se toman en cuenta para dicho computo los días 13 y 14 del mismo mes y año debido a no ser días hábiles, el domingo y el lunes (feriado por aniversario de Cochabamba), seguidamente se ingresa a verificar el cumplimiento de los otros requisitos conforme lo explicado en el acápite precedente
- Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Tribunal Supremo de Justicia que indica que la anulación del juicio sólo se justifica si
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto al segundo motivo, refirió la contradicción entre el Auto de Vista impugnado
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
