Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 006/2015-RA-L
Sucre, 21 de enero de 2015
Expediente: Cochabamba 143/2009
Parte Acusadora: Alfredo Montecinos Bustamante
Parte Imputada: Mónica Helen Quiroga Rojas
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 cursante de fs. 346 a 349, Alfredo Montecinos Bustamante en representación de Olga Miriam Valeria López interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 70/2009 de 11 de mayo, de fs. 338 a 340 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Mónica Helen Quiroga Rojas, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 006/2015-RA-L
Sucre, 21 de enero de 2015
Expediente: Cochabamba 143/2009
Parte Acusadora: Alfredo Montecinos Bustamante
Parte Imputada: Mónica Helen Quiroga Rojas
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 cursante de fs. 346 a 349, Alfredo Montecinos Bustamante en representación de Olga Miriam Valeria López interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 70/2009 de 11 de mayo, de fs. 338 a 340 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Mónica Helen Quiroga Rojas, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Tribunal Supremo de Justicia que indica que la anulación del juicio sólo se justifica si
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto al segundo motivo, refirió la contradicción entre el Auto de Vista impugnado
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
