Auto Supremo AS/0041/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

Respecto a los demás requisitos se observa que, el recurrente denuncia que el Auto de


Respecto a los demás requisitos se observa que, el recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido a pesar de señalar que, el recurso de apelación restringida cumple con los requisitos de forma, contradictoriamente determina que el mencionado recurso carecería de fundamentos; invocando como precedente contradictorio el A.S. 401 de 18 de agosto de 2003, que habría establecido que corresponde imprimir voz al silencio procesal; alegando que corresponde su análisis ya que el defecto denunciado nació con la emisión del Auto de Vista impugnado, criterio del recurrente acertado, sin embargo, el mismo olvidó señalar en términos precisos, la supuesta contradicción que existiría entre el precedente invocado y la resolución cuya revisión pretende, incumpliendo con el requisito previsto por el párrafo segundo del art. 417 del CPP. Por otro lado, el recurrente en el mismo motivo de casación denunció que se le causó indefensión, vinculando dicha denuncia a la existencia del defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, detallando el hecho generador de la vulneración de su derecho y el resultado dañoso del defecto, por lo que corresponde su admisión vía excepcional por cumplimiento de los requisitos de flexibilización