Auto Supremo AS/0042/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

Con relación a los demás requisitos, se advierte que el recurrente efectuando una relación fáctica


Con relación a los demás requisitos, se advierte que el recurrente efectuando una relación fáctica de los hechos que motivan la causa y resaltando su tesis de que fue desplazado de su posesión porque el imputado se mantendría en forma ilegítima en su inmueble sin tener derecho alguno, enfatiza que la conducta del imputado es antijurídica; sin embargo, el Tribunal de alzada a pesar de analizar el tipo penal con una interpretación errónea de la ley y transgredir el art. 370 incs. 4) y 5) del CPP, emitió una resolución que no sólo viola su derecho al acceso a una justicia pronta y oportuna, sino también a su derecho a la propiedad privada, así como el derecho a la herencia con relación a sus descendientes. Con esta precisión, se establece en primer término que el recurrente pese a sostener en su petitorio que tanto la Sentencia como el Auto de Vista impugnado: “son contrarios a los precedentes dictados dentro de la línea jurisprudencial del Tribunal Supremo de Justicia”, omite invocar algún precedente y explicar cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 416 del CPP, para que este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 del CPP, con relación al art. 42 de la LOJ, en caso de ser evidente la denuncia efectuada, ingrese al análisis de fondo del recurso de casación y proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación, requisitos ineludibles para decretar la admisibilidad del recurso, obligación que tiene trascendental importancia, pues desde ahí, partirá el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución de fondo