2)El recurrente también invoca y transcribe el Auto Supremo 515 de 16 de noviembre de
Invoca y transcribe parcialmente, como precedentes contradictorios los Autos Supremos 455/2005 de 14 de noviembre y 006/2007 de 26 de enero.
De igual manera, a tiempo de reiterar los fundamentos del recurso de apelación restringida, identifica los precedentes contradictorios que fueron invocados a tiempo de reclamar la referida errónea aplicación de la ley sustantiva, entre ellas, las Sentencias Constitucionales 727/2003-R de 3 de junio, 1075/2003-R de 24 de julio y 1056/2003-R de 28 de julio. Continúa describiendo los otros puntos apelados y los precedentes invocados para fundamentar su denuncia.
2)El recurrente también invoca y transcribe el Auto Supremo 515 de 16 de noviembre de 2006, afirmando que está referido a la valoración de la prueba y a la competencia del Tribunal de alzada respecto a si la prueba fue valorada conforme a las reglas de la sana crítica
- Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)El recurrente también invoca y transcribe el Auto Supremo 515 de 16 de noviembre de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el
- En cuanto al primer motivo, referido a la denuncia en sentido de que el Tribunal
- Respecto a las Sentencias Constitucionales invocadas, corresponde señalar fueron mencionadas en su recurso de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
