Auto Supremo AS/0260/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Se verifica de la lectura del memorial de interposición del recurso absoluta falta de fundamentación, que traduce el desconocimiento del recurrente de los requisitos indispensables para su interposición, pues no consideró que el recurso de casación se constituye en una demanda nueva de puro derecho que debe cumplir para su procedencia lo establecido por el inciso 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, que previene: “Deberá citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente.” (las negrillas son añadidas); entendiéndose que la parte recurrente tiene la carga procesal de establecer la existencia de violación expresa de la ley por parte de los tribunales de instancia en la decisión del pleito, así como fundar la interpretación errónea o aplicación indebida de la ley para perseguir la correcta aplicación de la norma legal, aspectos legales que no han sido cumplidos por el recurrente, quien se limita a indicar los documentos que no fueron tomados en cuenta en calidad de prueba de descargo por el tribunal ad quem y la determinación errada del reconocimiento de la relación laboral entre la empresa y el actor, esgrimiendo fundamentos de fondo en un recurso interpuesto como de “nulidad”, sin demostrar en qué consiste la infracción que acusa, concluyéndose que el recurso planteado no cuenta con la debida técnica recursiva