Finalmente, la Corporación Minera de Bolivia COMIBOL, a través de sus representantes, al amparo de
Finalmente, la Corporación Minera de Bolivia COMIBOL, a través de sus representantes, al amparo de lo previsto en los arts. 250 y sgtes del Código de Procedimiento Civil, concordante con los arts. 210, 212 y 252 del Código Procesal del Trabajo, interponen recurso de casación en el fondo, contra el citado auto de vista, en base a los fundamentos que expone por memorial que cursa de fs. 99 a 100
- Auto Supremo Nº 269/2015-L
- Expediente: LP. 91/2011
- Contra este actuado procesal, los demandantes, representados por Luciano Simón Arratia Espinal, interpusieron recurso
- Finalmente, la Corporación Minera de Bolivia COMIBOL, a través de sus representantes, al amparo de
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- Bajo este marco normativo, se advierte que la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social
- En conclusión, al haberse interpuesto el recurso de casación contra un auto interlocutorio que no
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin costas, por disposición de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
