ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 473/2015 - L
Sucre: 25 de Junio 2015
Expediente: O – 48 – 10 – S
Partes: Rene Rodríguez Ortega c/ Dolores Méndez Pérez
Proceso: Divorcio
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 113 a 114, interpuesto por Dolores Méndez Pérez contra el Auto de Vista Nº 060, de 17 de mayo de 2010 cursante de fs. 108 a 110 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Oruro, en el proceso de divorcio seguido por René Rodríguez Ortega en contra de la recurrente, la concesión de fs. 117 los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Cuarto de Familia, pronuncia la Sentencia N° 94, de 18 de agosto de 2.009 que cursa de fs. 89 a 91 y vta., declarando improbada la demanda principal de fs. 10 y vta., subsanada a fs. 12 por la causal del art. 131 del Código de Familia, probada la reconvención de fs. 26 a 27 subsanada a fs. 30 por la causal del art. 130 num. 4) del mismo Código de Familia, declarando disuelto el vínculo conyugal de los consortes, declarando la asistencia en favor de la esposa en la suma de Bs. 200.- disponiendo que la existencia de bienes sea tramitada en ejecución de sentencia.
Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación y resuelta por Auto de Vista de fs. 108 a 110 y vta., que confirma parcialmente la Sentencia y dispone la asignación de asistencia familiar en favor de Osvaldo Rodríguez Méndez
Auto Supremo: 473/2015 - L
Sucre: 25 de Junio 2015
Expediente: O – 48 – 10 – S
Partes: Rene Rodríguez Ortega c/ Dolores Méndez Pérez
Proceso: Divorcio
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 113 a 114, interpuesto por Dolores Méndez Pérez contra el Auto de Vista Nº 060, de 17 de mayo de 2010 cursante de fs. 108 a 110 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Oruro, en el proceso de divorcio seguido por René Rodríguez Ortega en contra de la recurrente, la concesión de fs. 117 los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Cuarto de Familia, pronuncia la Sentencia N° 94, de 18 de agosto de 2.009 que cursa de fs. 89 a 91 y vta., declarando improbada la demanda principal de fs. 10 y vta., subsanada a fs. 12 por la causal del art. 131 del Código de Familia, probada la reconvención de fs. 26 a 27 subsanada a fs. 30 por la causal del art. 130 num. 4) del mismo Código de Familia, declarando disuelto el vínculo conyugal de los consortes, declarando la asistencia en favor de la esposa en la suma de Bs. 200.- disponiendo que la existencia de bienes sea tramitada en ejecución de sentencia.
Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación y resuelta por Auto de Vista de fs. 108 a 110 y vta., que confirma parcialmente la Sentencia y dispone la asignación de asistencia familiar en favor de Osvaldo Rodríguez Méndez
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa infracción del art
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se asigne asistencia familiar
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La asistencia familiar, es una obligación civil y moral para los que se encuentran en
- Si bien por disposición del artículo 264 del Código de Familia el deber de mantenimiento
- Po lo expuesto, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No se regula honorario del abogado de la parte demandada, por no haber sido contestado
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
