Por memorial presentado el 25 de agosto de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 614/2015-RA
Sucre, 07 de octubre de 2015
Expediente: Chuquisaca 21/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Crispin Almendras Reynaga
Delito: Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2015, cursante de fs. 552 a 562 vta., Crispin Almendras Reynaga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 246/2015 de 31 de julio de fs. 515 y 524 y su Auto Complementario 258/2015 de fs. 529 y vta.; respectivamente, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 614/2015-RA
Sucre, 07 de octubre de 2015
Expediente: Chuquisaca 21/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Crispin Almendras Reynaga
Delito: Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de agosto de 2015, cursante de fs. 552 a 562 vta., Crispin Almendras Reynaga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 246/2015 de 31 de julio de fs. 515 y 524 y su Auto Complementario 258/2015 de fs. 529 y vta.; respectivamente, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con referido Auto de Vista, solicitó complementación, petición que
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- A los fines de precisar sus denuncias efectuadas en apelación restringida y que fueron indebidamente
- Finalmente invoca el Auto Supremo 726 de 26 de septiembre de 2004
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo alegado (incorrecta inadmisibilidad de su
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
