- Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2011 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Bladimir Choque Estrada formuló recurso de
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 670/2015-RA-L de 21 de septiembre,
- Mediante el Auto Supremo 670/2015-RA-L de 21 de septiembre, se admitió el recurso de casación
- El Tribunal de Sentencia, fundamentó la Sentencia señalando que luego de realizar una valoración integral
- Luego de la deliberación, con el voto unánime de dos Jueces Técnicos y dos Jueces
- Mediante recurso de apelación restringida, la víctima denunció: a) Vulneración del art
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 16/2011 de 2 de agosto, que
- Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
- En el presente caso, la recurrente reclama la falta de fundamentación del Auto de Vista,
- III. 1. De los precedentes contradictorios invocados
- El recurrente, invoca el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, que estableció
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- Igualmente invoca el Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005, que establece la
- De la misma manera, el Auto Supremo 431 de 15 de octubre de 2005, que
- El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
- La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
- De igual manera, invoca el Auto Supremo 373 de 6 de septiembre de 2006, cuya
- Finalmente, invoca el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006, que establece: “La
- La escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación a derechos y garantías constitucionales tal cual lo
- Por otra parte el Tribunal de alzada no puede "anular" el proceso y disponer el
- Finalmente el Tribunal de alzada de acuerdo al imperio de lo dispuesto por el artículo
- La doctrina legal de los precedentes invocados, fue establecida por las Salas Penales de la
- III.2. Sobre la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, a tiempo de
- Respecto a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia absolutoria a favor de Katerin
- De la relación que precede, se advierte que el Tribunal de alzada, de manera clara
- Por lo referido, se concluye, que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
