Conforme al punto tercero referente a que el documento de fs
Conforme al punto tercero referente a que el documento de fs. 69 no tendría alcances sobre el demandante, si bien resulta evidente que el documento al no ser suscrito por el ahora recurrente, no le surte efectos, empero, debe tenerse presente que cuando se habla de efectos no se está haciendo alusión, a lo determinado por el art. 568 de la normativa sustantiva; es decir, a efectos de exigir el cumplimiento de esta documental, si no para establecer la ausencia del animus domine del demandante, no resultando alejado de la realidad lo alegado por los de instancia
- Partes: Cesar Antonio León Gómez. c/ Angélica María Becerra Roca
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I:
- Sentencia que fue impugnada por Cesar Antonio León Gómez quien interpuso recurso de apelación, con
- Auto de Vista, que fue impugnado por Hans Soruco Suarez en representación de cesar Antonio
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- CONSIDERANDO III:
- Conforme al agravio descrito, se evidencia que este tiene como argumento central, que demostró su
- De lo que se concluye, que la posesión está integrada por dos elementos el corpus
- Por otro lado, respecto a la detentación o tenencia, la doctrina la define en los
- En ese entendido la tenencia o la detentación se distingue de la precariedad, Néstor Jorge
- Por lo dicho la detentación o tenencia se inicia en virtud de un título que
- Partiendo de lo expuesto, en el caso en cuestión los de instancia han concluido que
- Conforme al punto tercero referente a que el documento de fs
- Sobre el punto cuarto corresponde ratificarnos en lo señalado en el primer punto
- Por lo que, corresponde dictar resolución conforme determina el art
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
