De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente en relación con los Autos Supremos 69/2006 de 20 de marzo, 64/2007 de 27 de enero, 16/2007 de 26 de enero, 112/2007 de 31 de enero, 151/2007 de 2 de febrero y 131/2007 de 31 de enero, afirma que el Tribunal de alzada no cumplió con los principios procesales vinculados a la valoración de la prueba, tales como los de inmediatez y concentración, sobre cuya base deberían actuar los jueces y tribunales de Sentencia, sin que el Tribunal de alzada pueda legalmente volver a efectuar la valoración de la prueba ofrecida por los sujetos del proceso, lo que en sí mismo constituye una vulneración de las garantías del debido proceso e igualdad jurídica en la que habría incurrido el Tribunal de alzada en el Considerando IV) inciso b) del Auto de Vista objeto de casación, en el cual se afirma que la resolución se basó en la supuesta falsedad de fotocopias debiendo en relación con los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, existir documentos dubitados, “…por lo que materialmente debe contarse con los documentos dubitados y no así basar la falsedad en fotocopias que no pueden ser calificadas de ciertas o reales…” (sic)
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- c) El Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Penal, tras el análisis de
- d) En mérito a la acción de libertad planteada por el imputado (fs
- e) En cumplimiento de la resolución del Tribunal de Garantías, la Sala Penal Segunda
- f) Notificado el Auto de Vista en fecha 26 de agosto de 2015
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Por otro lado el recurrente denuncia en base al Auto Supremo 65/2013
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad; y, permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes, se constata que el recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
