De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 7 a 11 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de la Provincia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia Condenatoria 18/06 de 26 de mayo de 2006 (fs. 208 a 212 vta.), contra los imputados Waldo Vicente Gutiérrez Ríos y Epifanio Mejía Lizarazu, al primero por el delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por la primera parte del art. 47 de la Ley 1008 y al segundo por el delito incurso en la segunda parte del citado artículo, en su condición de pisa coca, imponiéndoles la pena mínima de cinco años y dos años de presidio respectivamente, a cumplir en la cárcel pública de San Sebastián de Cochabamba y multa a cada uno de los imputados de doscientos cincuenta días a razón de Bs. 1.- por día, con costas y responsabilidad civil
- Por memorial presentado el 25 de julio de 2008, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el abogado defensor del imputado Waldo Vicente Gutiérrez Ríos,
- Del memorial de fs. 249 a 250, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se establece que el recurso
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
