Auto Supremo AS/0623/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2015-RA

Fecha: 03-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 7 a 11 vta.) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de la Provincia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia Condenatoria 18/06 de 26 de mayo de 2006 (fs. 208 a 212 vta.), contra los imputados Waldo Vicente Gutiérrez Ríos y Epifanio Mejía Lizarazu, al primero por el delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por la primera parte del art. 47 de la Ley 1008 y al segundo por el delito incurso en la segunda parte del citado artículo, en su condición de pisa coca, imponiéndoles la pena mínima de cinco años y dos años de presidio respectivamente, a cumplir en la cárcel pública de San Sebastián de Cochabamba y multa a cada uno de los imputados de doscientos cincuenta días a razón de Bs. 1.- por día, con costas y responsabilidad civil