De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 14 de 2 de julio de 2014 (fs. 358 a 364 vta.), el Juez Octavo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado Guillermo Capobianco Rivera, culpable y autor del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, imponiéndole una pena de reclusión de tres años a cumplir en el centro de rehabilitación Santa Cruz y multa de setenta días a razón de Bs.- 2 (dos bolivianos) por día, con costas. Habilitando la aplicación de Suspensión Condicional de la pena, previa tramitación de lo establecido por el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como el procedimiento especial para la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados, una vez ejecutoriada la Resolución
- Por memorial presentado el 12 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Guillermo Capobianco Rivera, formuló recurso de
- c) Por diligencia de 5 de junio de 2015 (fs
- Del memorial de fs. 443 a 449, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se establece, que el recurso
- En cuanto al primer motivo, respecto a la denuncia de habérsele citado por edictos, cuando
- Respecto al segundo motivo, referido a que se inició dos procesos penales diferentes, por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
