Auto Supremo AS/0626/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0626/2015-RA

Fecha: 03-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 14 de 2 de julio de 2014 (fs. 358 a 364 vta.), el Juez Octavo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado Guillermo Capobianco Rivera, culpable y autor del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, imponiéndole una pena de reclusión de tres años a cumplir en el centro de rehabilitación Santa Cruz y multa de setenta días a razón de Bs.- 2 (dos bolivianos) por día, con costas. Habilitando la aplicación de Suspensión Condicional de la pena, previa tramitación de lo establecido por el art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como el procedimiento especial para la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados, una vez ejecutoriada la Resolución