Auto Supremo AS/0626/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0626/2015-RA

Fecha: 03-Nov-2015

Respecto al segundo motivo, referido a que se inició dos procesos penales diferentes, por el


Respecto al segundo motivo, referido a que se inició dos procesos penales diferentes, por el mismo delito ingresados al mismo juzgado, el recurrente omite invocar precedentes contradictorios relativos a esa problemática; en consecuencia, omite explicar, cuál la contradicción existente entre los argumentos planteados del Tribunal de alzada y la doctrina legal, que deba aplicarse al caso concreto, deficiencias que impiden a este Tribunal ingresar a verificar los reclamos y establecer la probable asignación de un sentido jurídico distinto por parte del Tribunal de alzada, falencia en la técnica recursiva del recurrente que conlleva a la imposibilidad de resolver en el fondo el motivo, ante el claro incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, que genera la concurrencia de una omisión que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal