Auto Supremo AS/0633/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2015-RA

Fecha: 26-Nov-2015

El art


Finalmente, bajo el acápite precedentes contradictorios, cita los Autos de Vista 19 de 13 de abril de 2007, emitida por la Sala Penal de Tarija y 411 de 9 de noviembre de 2004 emitida por la Sala Penal Primera de Santa Cruz y los Autos Supremos 307 de 11 de junio de 2003, 331 de 22 de julio de 2003, 322 de 28 de agosto de 2006 y 432 de 11 de octubre de 2006.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP