Auto Supremo AS/0654/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2015-RA

Fecha: 26-Nov-2015

Ahora bien, es cierto que el recurrente hace alusión a la existencia de un defecto


Ahora bien, es cierto que el recurrente hace alusión a la existencia de un defecto absoluto, alegando la vulneración al derecho a la inmediación y el debido proceso, además de hacer referencia a los antecedentes del hecho generador, traducidos en la supuesta resolución de un incidente que opuso respecto al auto de radicatoria, con la participación de un integrante del Tribunal de Sentencia únicamente, pese a su conformación colegiada; no obstante, este Tribunal no encuentra en el planteamiento del recurrente argumentos que sustenten de qué manera se restringió o disminuyó la garantía del debido proceso y el principio de inmediación en el juicio; y, menos efectúa una explicación del resultado dañoso emergente del defecto, por lo que no se cuenta con los insumos necesarios para proceder a la verificación de una probable vulneración de derechos y garantías constitucionales