Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación, se evidencia que el 23 de julio de 2015, la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado y el 30 del mismo mes y año presentó su recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días que establece el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 30 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 23 de julio de 2015 (fs
- b) También denuncia inobservancia de la ley sustantiva, señalando que la Resolución recurrida no se
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
