Auto Supremo AS/0656/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente:

a) En mérito a la querella y acusación particular de Encarnación Mamani de Acarapi, Victoriano Acarapi Aguilar y Raúl Mamani Morales de fs. 1 a 3 vta.; una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juzgado Tercero de Partido y Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia 08/2014 de 22 de agosto (fs. 1224 a 1229), declarando a Eulogio Escobar Choque y Delia Gonzales Alcón, autores del delito de Despojo previsto y sancionado en el art. 351 del CP; imponiéndoles una pena privativa de libertad de dos años y seis meses de reclusión y contra Lucas Laura Castillo autor y culpable en grado de Cómplice del delito de Despojo, tipo penal previsto en el art. 351 con relación al art. 23 del CP, condenándolo a un año y seis meses de reclusión, concediéndoles a favor de Delia González Alcón y Eulogio Escobar Choque la suspensión condicional de la pena y a favor de Lucas Laura Castillo el perdón judicial