De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Efectuando una relación de antecedentes relativos al proceso, la recurrente señala que el Tribunal de alzada rechazó su recurso de apelación restringida con el argumento de que no fundamentó las normas violadas, sin tomar en cuenta que la parte acusadora no presentó prueba alguna que la incrimine y que en contrario, las pruebas utilizadas por el Ministerio Público en el desarrollo del juicio oral, fueron las que ella misma presentó, demostrando además con su accionar (Fiscal de Materia) su parcialización con la parte acusadora, pues le rechazó su solicitud de nuevo examen grafológico para que la Academia Nacional de Policías efectúe dicho análisis. Finalmente, denuncia que existe incongruencia en la emisión de la Sentencia, además de vulneración de los arts. 413 y 370 incs. 1), 3), 4), 5), 6) y 8) del Código de Procedimiento Penal (CPP). En cuanto a la incongruencia refiere que existe contradicción en la Sentencia y la acusación, ya que en ningún momento fue acusada por el ilícito de Estelionato; en consecuencia, no se podía emitir sentencia condenatoria por el citado delito.
En el otrosí primero del recurso de casación, la recurrente cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 062/2007 de 27 de enero y 239/2012 de 3 de octubre
- Por memorial presentado el 3 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 28 de agosto de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos, se advierte que la recurrente denuncia que el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
