Auto Supremo AS/0661/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2015-RA

Fecha: 27-Nov-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 14 a 17) y particular presentada por Antonia Angélica Conde Callisaya (fs. 23 a 29), una vez desarrollada y concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Sentencia 13/2013 de 14 de octubre (fs. 864 a 871), declaró a Jorge Eduardo Rengel Sillerico, culpable de la comisión del delito de Lesiones Culposas, previsto y sancionado por el art. 274 del CP, imponiéndole la pena de doscientos días multa, con costas, daños y perjuicios a la víctima a ser calificados en ejecución de Sentencia; asimismo, lo absolvió del delito de Lesiones Gravísimas, tipificado por el art. 270 incs. 2) y 3) de la misma norma punitiva.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 903 a 904 vta.), resuelto por el Auto de Vista 44/2014 de 31 de julio (fs. 930 a 931 vta.), dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 26/2015-RRC de 13 de enero (fs. 963 a 968), motivando la emisión del Auto de Vista 22/2015 de 24 de abril (fs. 973 a 975), que declaró admisible el citado recurso, procedentes las cuestiones planteadas y anuló la Sentencia impugnada, disponiendo la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia