De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 34/2014 de 2 de septiembre (fs. 55 a 61 vta.), el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a los imputados: Víctor Galarza Valverde y Víctor Gerardo Galarza Zurita, autores de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segundo párrafo del CP, imponiéndoles la pena de un año y tres meses de reclusión, con costas y resarcimiento civil averiguables en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, ambos imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- c) El 8 de septiembre de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 8 de septiembre de 2015, los
- Sin embargo, se evidencia que los recurrentes se limitan a mencionar los Autos Supremos 209
- Por otro lado, debe añadirse que el Auto Supremo 148 de 9 de septiembre de
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
