Auto Supremo AS/0689/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2015-RA

Fecha: 30-Nov-2015

El art


Cita los Autos Supremos 573 de 4 de octubre de 2004, 262 de 8 de agosto de 2006, y las Sentencias Constitucionales 1262/2004-R, 1729/2014 de 5 de septiembre para sustentar la solicitud de admisión de su recurso, e invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 452/2004, 025/2010 y 342/2006, todos ellos invocados en apelación restringida a decir del recurrente.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP