c) El 25 de agosto de 2015 (fs
c) El 25 de agosto de 2015 (fs. 387), fueron notificados los imputados con el referido Auto de Vista y el 1 de septiembre del presente año, interpusieron el recurso de casación sujeto a examen de admisibilidad
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la Sentencia emitida, se interpuso apelaciones restringidas por los imputados Adán Huyuquipa
- c) El 25 de agosto de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente
- En ese contexto, en aplicación del derecho de petición, el debido proceso, presunción de inocencia,
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
