De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente:
Los recurrentes denuncian que el 11 de agosto de 2013, los tres fueron detenidos en un local donde consumían bebidas alcohólicas y como resultado de la requisa personal se les encontró marihuana, siendo el vendedor de la sustancia controlada liberado por funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), habiendo siendo imputados por Suministro de Sustancias Controlados y acusados por Tráfico de Sustancias Controladas, pese a haberse declarado consumidores
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la Sentencia emitida, se interpuso apelaciones restringidas por los imputados Adán Huyuquipa
- c) El 25 de agosto de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo, el siguiente
- En ese contexto, en aplicación del derecho de petición, el debido proceso, presunción de inocencia,
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
