Auto Supremo AS/0821/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0821/2015-RA-L

Fecha: 16-Nov-2015

De otro lado se constata que el recurrente denuncia la existencia de defectos absolutos relativos


De otro lado se constata que el recurrente denuncia la existencia de defectos absolutos relativos a los arts. 167 y 169 del CPP y la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa, por lo que acudiendo a los presupuestos de flexibilización expuestos en el epígrafe IV del presente Auto Supremo, se evidencia que en base a toda la carga argumentativa expuesta en el motivo identificado ha coadyuvado para proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, habiendo precisado los derechos vulnerados el debido proceso y la defensa; así como su restricción; explicando que el resultado dañoso fue la determinación asumida en sentencia en base a una prueba que ahora observa y que no obstante de ello este fallo fue confirmado por el Tribunal de alzada