La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Por otra parte, se verifica que si bien el recurrente menciona que se vulneró el debido proceso, no explica en qué consistiría la restricción o disminución del derecho o garantía presuntamente vulnerado, menos el resultado dañoso emergente del defecto; lo que implica, la falta de concurrencia de los presupuestos de flexibilización precisados en la última parte del acápite anterior del presente fallo; en consecuencia, el recurso de casación deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Julio Ricardo Cruz Nina, de fs. 241 a 242
- Por memorial presentado el 13 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Adrián Morales Huanaco, Demetrio Choque
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se establece que el
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se verifica que el recurrente con absoluta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
