La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
En consecuencia, al advertirse el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts. 416 y 417 del CPP, el recurso sujeto a examen deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Lucy Máxima Ibañez Sonco, a fs. 198 y vta
- Por memorial presentado el 14 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 8 de octubre de 2015 (fs
- La recurrente señala que el Tribunal de apelación para declarar inadmisible e improcedente el recurso
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se evidencia que el 8 de octubre de 2015, la
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se observa que, la recurrente se limita a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
