En el caso de autos, se establece que el 28 de septiembre de 2015 (fs
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 28 de septiembre de 2015 (fs. 285), fue notificado el recurrente con el Auto Complementario y el 5 de octubre del mismo año, formuló el recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Refiere que interpuso incidentes de nulidad, excepciones de cosa juzgada, de falta de acción
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 28 de septiembre de 2015 (fs
- En un segundo motivo, el recurrente denuncia falta de fundamentación de la Sentencia y el
- En relación al tercer motivo, de manera muy general, el recurrente reclama falta de consideración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
