Auto Supremo AS/0765/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0765/2015-RA

Fecha: 02-Dic-2015

Citando a Carlos Muñoz Pope, agrega el recurrente, que el Ad quem, no valoró, que


Citando a Carlos Muñoz Pope, agrega el recurrente, que el Ad quem, no valoró, que las pruebas obtenidas indebidamente son medios probatorios que el ordenamiento procesal admite; empero, su ilegalidad se derivaría del incumplimiento de algún requisito o formalidad que se exige para su validez; en consecuencia, la prueba ilícita implicaría su no admisión o exclusión conforme prevé el art. 172 del CPP