Sin responsabilidad por ser excusable
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 y arts. 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil ANULA obrados con reposición hasta fs. 186 debiendo el Tribunal de Segunda instancia sin espera de turno y previo sorteo dicta Auto de Vista en aplicación del art. 236 del C.P.C.
Sin responsabilidad por ser excusable
Sin responsabilidad por ser excusable
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución, Feliciano Guarachi Asistiri en representación de la parte demandante interpone recurso de
- Resolución de segunda instancia que fue impugnada por Feliciano Guarachi Asistiri de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Solicitando se case el Auto de Vista y se declare probada la demanda
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Partiendo de lo expuesto, de la revisión del recurso de apelación se advierte la
- Extremo que evidencia restricción al principio de impugnación consagrado en la Constitución Política del
- Por las consideraciones realizadas corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art. 17.IV remítase copias al Consejo de la Magistratura
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
