Auto Supremo AS/0018/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 10/09 de 13 de mayo de 2009 (fs. 128 a 137 vta.), el Juez Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a: 1) Román Javier Espinoza, absuelto de pena y culpa por la comisión del delito de Despojo en grado de complicidad, previsto y sancionado por el art. 351 con relación al 23 del CP; 2) Constancio Padilla Reynaga, autor del delito de Despojo previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándole a la pena de dos años y cinco meses de reclusión en la cárcel pública de San Antonio de la ciudad de Cochabamba, más costas y resarcimiento de daños civiles y; 3) Respecto del delito de Perturbación de la Posesión se emitió Sentencia absolutoria a favor de Constancio Padilla Reynaga