De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Señalan que el Auto de Vista impugnado se limitó a ratificar los defectos de sentencia que denunció; es así que, habiendo hecho referencia al art. 345 del CP, hizo mención del concubinato para tratar de encontrar el elemento constitutivo del tipo penal de Apropiación Indebida, lo que es contradictorio a los principios de Código de Familia, pues se penaliza una relación concubinaria; asimismo, en relación al art. 346 del CP, en ningún momento recibieron pertenencia alguna del querellante a título posesorio, debiendo resolverse la calidad de esos bienes por un Juzgado de Familia y no por un Juez Penal como en este caso, llegando al extremo de afirmar que se trataban de bienes propios del querellante sin que se cuente con una sentencia familiar de división de bienes. Agregan que, el Tribunal de alzada procedió a valorar la prueba de cargo estableciendo que fue la sana crítica del juzgador que determinó su condena; sin tomar en cuenta que, al tratarse de una relación estrictamente familiar, no se configuran en su conducta, ninguno de los elementos de los tipos penales acusados.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales como expresión de la determinación contenida en los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, correspondiendo a los sujetos procesales observar, a tiempo de interponer los recursos que la norma adjetiva prevé, las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 16 de octubre de 2009
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme a lo normado en el art
- Los recurrentes señalan que el Tribunal de alzada se limitó a ratificar los defectos de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
