De la relación del agravio denunciado en el presente recurso, el cual se basa en
De la relación del agravio denunciado en el presente recurso, el cual se basa en el supuesto ofrecimiento de prueba que realizó junto a su apelación restringida a efectos de demostrar un defecto de forma o procedimiento en el que supuestamente incurrió el Tribunal de Sentencia en la etapa de juicio, cuando rechazó de manera ilegal la prueba de descargo presentada por su parte; sobre el cual, a su criterio, no se pronunciaron las autoridades de alzada, así como tampoco lo hubieren hecho respecto a su reserva de apelación contra la determinación de exclusión probatoria, vulnerando lo preceptuado por el art. 410 del CPP; es posible determinar que no se cumplieron con las exigencias mínimas de admisibilidad; de un lado, porque no se demostró la contradicción existente entre los fundamentos de la Resolución impugnada y los precedentes contradictorios que posteriormente, de manera aislada invocó en el memorial del recurso, sin ni siquiera explicar la forma en la que los mismos hubieran sido contrariados por los argumentos de la Resolución apelada, a objeto de que este Tribunal pueda ingresar a verificar la probable asignación de un sentido jurídico distinto por parte del Tribunal de alzada, al mismo supuesto fáctico; deficiencia que impide cumplir la labor que le asigna la ley, por incumplimiento de los requisitos de admisión previstos por los arts. 416 y 417 del CPP
- Por memorial presentado el 5 de octubre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Marco Antonio Viruez Vargas y los acusadores particulares,
- Del recurso de casación interpuesto por el recurrente, se extrae el siguiente motivo
- A continuación, invoca como precedentes contradictorios los Autos de Vista 67/97 y 32/97, ambos dictados
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- De la relación del agravio denunciado en el presente recurso, el cual se basa en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
